Aumentaron las multas de tránsito en la provincia de Buenos Aires

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En lo que va del año, el costo de las multas se elevó casi un 30%.

Buenos Aires, 8 de noviembre (NA) -- El gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso un incremento del 2,58% en los valores de las multas por infracciones de tránsito para el bimestre noviembre-diciembre, con vigencia desde el comienzo del penúltimo mes del año.

La medida fue comunicada mediante el Boletín Oficial bonaerense, en la Resolución 6/2026, y es la última actualización del año tras una serie de incrementos escalonados que se dispusieron por bimestre a lo largo de todo 2026 y que suman un alza del 29,5%.

La suba se aplica al valor de la unidad fija (UF), que actúa como base para calcular las multas, llevándola de $2.281 a $2.340. Las unidades fijas equivalen al valor de 1 litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino en su sede de la ciudad de La Plata, y cada infracción tiene un rango mínimo y máximo de UF aplicables.

Los nuevos rangos de valores de las multas en la provincia de Buenos Aires según cada infracción

  • Superar la velocidad máxima: de $351.000 a $2.340.000.
  • Conducir con exceso de alcohol en sangre o por consumir estupefacientes: de $702.000 a $2.340.000}
  • Circular en contramano o por banquina: de $702.000 a $2.340.000
  • Circular sin VTV: de $702.000 a $2.340.000
  • Cruzar el semáforo en rojo: de $702.000 a $2.340.000
  • Circular sin licencia: entre $702.000 y $2.340.000
  • No usar el cinturón de seguridad: de $117.000 a $234.000
  • Dejar el auto mal estacionado: de $117.000 a $ 234.000
  • Circular sin documentación: de $117.000 a $ 234.000
  • Conducir sin seguro: de $702.000 a $2.340.000
  • Conducir alcoholizado: entre $702.000 a $2.340.000
  • Negarse al test de alcoholemia: entre $1.170.000 y $ 2.808.000

Para evitar multas en los controles de tránsito es indispensable cumplir con los siguientes requisitos para circular en territorio bonaerense

  • Documentación: Licencia habilitante de conducir vigente, cédula de identificación de automotor, comprobante de seguro obligatorio vigente y certificado de VTV vigente.
  • Elementos: cinturones de seguridad, placas de identificación de dominio, matafuego, balizas, sistemas de seguridad originales y casco de seguridad homologado en caso de motovehículos.
  • Condiciones: el número de ocupantes debe adecuarse a la capacidad del vehículo; los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero, en una silla de seguridad acorde a su edad; y se deben utilizar las luces bajas en rutas y autopistas las 24 horas.
    Beneficios y consecuencias de abonar o no las multas

En caso de cometer una infracción y abonar la multa dentro del período de pago voluntario previsto en la primera notificación, se obtiene una bonificación del 50% del valor mínimo de la sanción correspondiente a la misma.

En las actas automáticas, el vencimiento está impreso. En las actas labradas manualmente por la autoridad de comprobación, el vencimiento se genera a los 30 días hábiles de su confección.

En cambio, si no se abona la multa durante el período de pago voluntario ni en las instancias posteriores, los conductores se exponen a consecuencias legales y financieras. Se acumulan intereses y recargos por el impago, lo que aumenta el monto original de la multa.

Además, esto puede llevar a la retención del carnet de conducir, lo que imposibilita renovar la licencia hasta saldar la deuda. Puede haber casos en los que se inicien procedimientos judiciales para su cobro. También puede perderse el derecho a circular o bloquearse la realización de trámites administrativos relacionados con el vehículo.