Advierten que el FAL podría financiar al Estado Nacional

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Expertos cuestionan que la norma no establezca un tope para la deuda pública.

Buenos Aires, 12 agosto (NA) - La reglamentación para las inversiones que deberán llevarse adelante con los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) despertó diferentes interpretaciones, principalmente, acerca del financiamiento que puede otorgarle al Estado Nacional.

En diferentes oportunidades, el ministro de Economía, Luis Caputo, advirtió que la Argentina debe ampliar su mercado de capitales y reducir la dependencia del financiamiento externo.

Los fondos del FAL generarán desde 2027 una masa de dinero que puede ser capturada por el Estado, en un año electoral que no luce sencillo en materia de financiamiento.

“La reglamentación de las pautas de inversión del FAL era una medida esperada. Fija reglas claras sobre dónde y cómo pueden colocarse los aportes de los empleadores, en lugar de dejar la cuestión librada a la discrecionalidad de cada entidad habilitada”, señaló Sebastián Domínguez, Agente Productor CNV.

El especialista destacó: “Los límites de diversificación, el piso de liquidez mínima y la prohibición de invertir en instrumentos vinculados a la propia entidad administradora conforman un esquema orientado a preservar el capital aportado y a garantizar que los fondos estén disponibles cuando corresponda pagar las prestaciones de la Ley 27.802”.

No obstante, ante una consulta de Noticias Argentinas, señaló que si bien no hay límite para el financiamiento del Estado Nacional, la norma sí fija límites en el caso de provincias y municipios.

En ese punto puso el foco Alejandro Rodríguez, Director del Instituto Consenso Federal, quien se quejó que no haya un tope al financiamiento del Estado Nacional.

“El artículo 5° de la citada norma pone topes concretos a casi todas las alternativas de inversión, pero no fija un porcentaje máximo para los títulos de deuda del Estado Nacional. Además, para comprar deuda de una provincia, el título debe tener AAA nacional de al menos dos calificadoras. Para comprar una obligación negociable privada, también. En cambio, para comprar deuda del Estado Nacional no se exige esa calificación”, remarcó.

Rodríguez subrayó: “De esta manera, el esquema regulatorio diseñado por el gobierno libertario termina otorgando un tratamiento particularmente favorable a los títulos nacionales: son activos elegibles, no tienen el límite porcentual específico que sí tienen provincias, bancos y empresas, y tampoco están sujetos al requisito de calificación de doble AAA”.

“Con esta ingeniería, el Mago Caputo acaba de sentar las bases para un nuevo y gran manotazo: el FAL, que comenzará a regir desde noviembre de este año, generará en 2027 un nuevo stock de ahorro forzoso vinculado al empleo privado, por aproximadamente 4.000 millones de dólares”, sentenció.