Senado: el nuevo proyecto contra la ludopatía limita a menores pero permite la publicidad

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Esta postura es contraria al proyecto aprobado en noviembre del 2024.

Buenos Aires, 25 mayo (NA) — El proyecto del Gobierno enviado al Senado para combatir la ludopatía, prohibirá el acceso de los menores a las plataformas de apuestas online, pero permitirá la publicidad de los juegos de azar.

Esta postura es contraria al proyecto aprobado en noviembre del 2024 por la Cámara de Diputados y que aún esta vigente. Con el cual la Libertad Avanza del Senado debería modificar esa iniciativa y girarla con los cambios a diputados.

La iniciativa fue aprobada por 139 votos afirmativos aportados por el peronismo, Encuentro Federal, la izquierda e Innovación Federal, Democracia para Siempre e Independencia, contra 36 negativos de la Libertad Avanza y 59 abstenciones del PRO, la UCR y el MID.

El Senado la trató en comisión en septiembre de 2025, pero nunca avanzó con un dictamen pese a que el peronismo tenía 34 miembros, ya que, existían diferencias entre ese espacio opositor sobre el proyecto votado en diputados.

La iniciativa deberá ser analizada por las comisiones de Legislación General, de Salud, y de Justicia y Asuntos Penal, que conducen los libertarios Nadia Márquez, Ivanna Arrascaeta y Gonzalo Guzmán Coraita.

Uno de los puntos que generará mas polémica es que el proyecto del Gobierno permitirá la publicidad de las casas de apuestas, casinos o bingos, ya que es rechazado por los opositores que impulsaron la sanción del proyecto en Diputados.

Puntos centrales del proyecto

Se buscará erradicar la explotación de juegos de azar en línea no autorizados, así como su publicidad, promoción y difusión.

Se prohíbe el acceso y uso de juegos de azar en línea a los menores de edad.

Se deberá; concientizar y sensibilizar a la población respecto de los efectos adversos del juego patológico.

Se deberá elaborar estadísticas e información epidemiológica para el monitoreo de las políticas de prevención, asistencia y rehabilitación y para establecer la magnitud y características de la problemática del juego patológico, identificando grupos vulnerables.

El eje publicidad

Se prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de juegos de azar en línea no autorizados y su difusión, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación.

Se deberán coordinar con las autoridades provinciales y porteña los lineamientos para la publicidad y la promoción de juegos de azar en línea implementadas por operadores de juegos de azar en línea autorizados.

Se establecen condiciones para permitir la publicidad de los juegos de azar dado que no se permitirán que estén destinadas a menores.

La publicidad no podrán utilizarse contenidos que vinculen la participación en juegos de azar en línea con el éxito personal, laboral o social, o sugieran que tal participación conlleva aceptación social.

No deberán promover el consumo de alcohol o de tabaco durante la participación en los juegos de azar.

Los medios de comunicación o servicio que difunda publicidad de juegos de azar deberá constatar que aquellas correspondan a un operador de juegos de azar en línea autorizado.

Penas para apuestas ilegales

Se reprimido con prisión de tres a seis años a las personas que operen plataformas de juegos de azar ilegales, cualquiera sea su modalidad o sistema de captación sin la autorización correspondiente.

Será reprimido con prisión de dos a cuatro años el que, con conocimiento de la falta de autorización emanada de la autoridad jurisdiccional competente y con la finalidad de facilitar la explotación ilegal de juegos de azar en línea, prestare servicios financieros, tecnológicos, publicitarios o digitales esenciales para su funcionamiento