El 70% de las viviendas que se entregarán del nuevo barrio serán para empleados municipales

AYER 18:01:06 | 1387 LECTURAS | GENERALES

Son 38 casas que se construyen en el sector sur de Tornquist.

La Convocatoria a selección de adjudicatarios para el proyecto de “Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist” fue aprobado por mayoría en el Concejo Deliberante a través de la Ordenanza Nº 4007/26 por la que se aplica la Ordenanza Nº 3845/24.

Se deroga en todos sus términos la Ordenanza N° 3534/22.

Establece con carácter excepcional y exclusivamente aplicable al Programa Habitacional “Construcción de 38 viviendas en la localidad de Tornquist”, un CUPO ESPECÍFICO PARA TRABAJADORES MUNICIPALES, equivalente a hasta el SETENTA POR CIENTO (70%) del total de las viviendas que integran dicho conjunto habitacional.

El cupo establecido se instrumentará mediante un sorteo particular, conforme lo dispuesto en los artículos 19, 20 y concordantes de la Ordenanza Nº 3845/24.

Podrán participar del sorteo particular correspondiente al cupo para trabajadores municipales aquellos postulantes que, además de cumplir la totalidad de los requisitos generales establecidos en el artículo 4º de la Ordenanza Nº 3845/24, acrediten en forma concurrente los siguientes requisitos específicos:

a)       Poseer pase a planta permanente en la Municipalidad de Tornquist, vigente al momento de la inscripción;

b)       Acreditar una antigüedad mínima de DOCE (12) meses de servicio efectivo e ininterrumpido como trabajador municipal;

c)       Acreditar una trayectoria institucional continua no inferior a DOCE (12) meses de participación activa y verificable en entidades representativas de trabajadores municipales con personería gremial reconocida en el ámbito del Partido de Tornquist;

d)       No encontrarse alcanzado por ninguna de las causales de exclusión previstas en la Ordenanza Nº 3845/24.

La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ordenanza será realizada por la autoridad de aplicación designada por el Departamento Ejecutivo, conforme los procedimientos de control, informes sociales y registros previstos en la Ordenanza Nº 3845/24, sin delegación de facultades decisorias en entidades externas.

Faculta al Departamento Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias necesarias para la implementación de la presente ordenanza, en armonía con la Ordenanza Nº 3845/24.

Foto: Archivo NT