Crean el plan provincial de robótica educativa

03/02/2019 21:26:51 | 1024 LECTURAS | EDUCACION

A desarrollarse en escuelas primarias de gestión estatal, bajo la órbita de la Dirección Provincial de Innovación y Tecnología Educativa.

El Gobierno bonaerense creó el Plan Provincial de Robótica Educativa para las escuelas públicas primarias “con eje en la enseñanza y aprendizaje del pensamiento computacional y la programación”. Así se dispuso mediante la Resolución 645 de la Dirección General de Cultura y Educación publicada hoy en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.
El programa estará bajo la órbita de la Dirección Provincial de Innovación y Tecnología Educativa, área que coordinará los aspectos operativos para su implementación.

Para su aplicación, se contemplará “el desarrollo de contenidos, la capacitación docente, la asistencia técnico-pedagógica en las escuelas y la entrega de equipamiento, de manera prioritaria en 5to y 6to año del segundo ciclo de todas las escuelas primarias de gestión estatal de la jurisdicción provincial”.

En la disposición se plantea que “resulta necesario iniciar en la Provincia la implementación gradual de un plan que permita establecer evaluaciones y síntesis sobre la concreción de los núcleos de aprendizaje prioritarios”.

Se destaca que “los ejes centrales estarán definidos por la inclusión progresiva de la enseñanza de la educación digital, la programación y la robótica educativa en el nivel primario, así como el desarrollo de habilidades relacionadas a la comunicación y creatividad, la colaboración, la resolución de problemas, el pensamiento computacional, y el uso seguro y responsable de las tecnologías de manera transversal y potenciando los contenidos curriculares, con especial énfasis en matemática y prácticas del lenguaje”.(La verdad Online).

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N° 645-DGCYE-19 LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 25 de Enero de 2019 VISTO la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, la Ley de Educación Provincial Nº 13.688, el Decreto Nº 386/18 del Poder Ejecutivo Nacional, las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nº 263/15, Nº 285/16, Nº 343/18, y;

CONSIDERANDO: Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 en su artículo 11, inciso m) establece como uno de los fines y objetivos de la política educativa nacional desarrollar las competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación;

Que, en el mismo orden, el artículo 88 del mencionado cuerpo legal establece que el acceso y dominio de las tecnologías de la información y la comunicación formarán parte de los contenidos curriculares indispensables para la inclusión en la sociedad del conocimiento; Que dicha norma, le asigna a las jurisdicciones la responsabilidad de dar cumplimiento a la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales;

Que en la Declaración de Purmamarca, el Consejo Federal de Educación definió como un pilar para lograr una educación de calidad “generar y fomentar políticas y proyectos de innovación educativa que promuevan nuevas formas de organización escolar, propicien el trabajo colaborativo e intersectorial, la enseñanza de habilidades y competencias para el siglo XXI, espacios de enseñanza y aprendizaje en entornos digitales, profundizando el uso de las TIC en todos los niveles educativos”; Que la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 263/15, estableció que la enseñanza y el aprendizaje de la “Programación” es de importancia estratégica en el Sistema Educativo Nacional durante la escolaridad obligatoria, para fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación, conforme lo establecido por el artículo 3º de la Ley de Educación Nacional;

Que el Plan Estratégico Nacional 2016-2021 “Argentina Enseña y Aprende”, aprobado por Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 285/16 establece como uno de los ejes de la política educativa nacional a la “innovación y tecnología”, orientado a promover prácticas innovadoras e incorporar las tecnologías de la información y la comunicación a los procesos de enseñanza y aprendizaje y a la gestión institucional;

Que el Decreto Nº 386/18 crea el Plan Aprender Conectados, “como una propuesta integral de innovación pedagógica y tecnológica que comprenderá como núcleos centrales, el desarrollo de contenidos, el equipamiento tecnológico, la conectividad y la formación docente, que ayude tanto al desarrollo de las competencias de educación digital, como de las capacidades y saberes fundamentales, promoviendo la formación de ciudadanos activos, capaces de entender y hacer un uso crítico de las tecnologías digitales, que son cada vez más indispensables en todos los aspectos de la vida”; Que por Resolución N° 343/18, el Consejo Federal de Educación aprobó el documento “Núcleos de Aprendizaje Prioritarios para Educación Digital, Programación y Robótica” (NAP), comprometiéndose todas las jurisdicciones a llevar adelante la implementación de los mismos y su inclusión en los diseños curriculares;

Que la Ley de Educación Provincial Nº 13.688, en su artículo 16, establece que los fines y objetivos de la política educativa provincial son, entre otros, establecer una formación ciudadana comprometida que habilite a todas las personas para el desempeño social y laboral e integrar todos los procesos educativos a aquellos que componen las estructuras materiales y conceptuales del Sistema de Ciencia, Tecnología, Desarrollo e Innovación Productiva nacional y provincial, propendiendo a su articulación normativa y orgánica tanto a nivel de los contenidos curriculares como de los planes y programas educativos;

Que en ese sentido, la Educación Primaria debe disponer las condiciones para el desarrollo integral de las prácticas de lectura y escritura y de los conocimientos necesarios para el manejo de las plataformas y los lenguajes producidos por las tecnologías de la información y la comunicación, así como para la producción y recepción crítica de los discursos mediáticos; BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES La Plata > viernes 01 de febrero de 2019 SECCIÓN OFICIAL > página 9 Que el nuevo diseño curricular para la Educación Primaria aprobado en el año 2017 introdujo el Módulo TIC ar y su abordaje de manera transversal a las materias y contenidos de la currícula; Que para lograr las metas acordadas a nivel nacional y provincial, resulta necesario iniciar en la Provincia de Buenos Aires la implementación gradual de un Plan que permita establecer evaluaciones y síntesis sobre la concreción de los NAP.

Que los ejes del mismo estarán definidos por la inclusión progresiva de la enseñanza de la educación digital, la programación y la robótica educativa en el nivel primario, así como el desarrollo de habilidades relacionadas a la comunicación y creatividad, la colaboración, la resolución de problemas, el pensamiento computacional, y el uso seguro y responsable de las tecnologías de manera transversal y potenciando los contenidos curriculares, con especial énfasis en matemática y prácticas del lenguaje;

Que para ello resulta indispensable la implementación de una política educativa que acompañe la innovación en las prácticas pedagógicas de los docentes con propuestas de enseñanza-aprendizaje significativas y pertinentes para la sociedad del conocimiento;

Que asimismo, es preciso elaborar estrategias integrales y dinámicas que contemplen el desarrollo de contenidos, el acompañamiento situado y virtual en la formación docente inicial y continua, la asistencia técnico-pedagógica en las escuelas y el acceso a los recursos tecnológicos; Que en virtud de ello deviene necesario crear el Plan Provincial de Robótica Educativa, en la órbita de la Dirección Provincial de Innovación y Tecnología Educativa, siendo sus ejes centrales la enseñanza y aprendizaje del pensamiento computacional, programación y robótica educativa de manera transversal a la currícula del nivel primario.

Que para ello se contemplará el desarrollo de contenidos, la capacitación docente, la asistencia técnico-pedagógica en las escuelas y la entrega de equipamiento, de manera prioritaria en 5to y 6to año del segundo ciclo de todas las escuelas primarias de gestión estatal de la jurisdicción provincial;.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 69 inc. e) y y) de la Ley Nº 13.688, los alcances de las Leyes N° 13666, N° 14815, N° 14828 y el Decreto N° 1018/16 Por ello;

 

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN RESUELVE

 

ARTÍCULO 1°. Crear el Plan Provincial de Robótica Educativa, a desarrollarse en escuelas primarias de gestión estatal, bajo la órbita de la Dirección Provincial de Innovación y Tecnología Educativa, de acuerdo a las pautas establecidas en los considerandos de la presente y en el IF-2019-01936245- GDEBA-DGCYE. ARTÍCULO 2°. Encomendar a la Dirección Provincial de Innovación y Tecnología Educativa y a la Dirección de Educación Primaria, la coordinación de los aspectos operativos para la implementación de la presente. ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente Resolución será refrendada por el Subsecretario de Educación, por la Subsecretaria de Políticas Docentes y Gestión Territorial, por el Subsecretario Administrativo y por el Subsecretario de Recursos Humanos de este organismo.

ARTÍCULO 4°. Registrar esta Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa. Comunicar al Consejo General de Cultura y Educación, a las Subsecretarías de Educación, Administrativa, Políticas Docentes y Gestión Territorial, y de Recursos Humanos; a las Direcciones dependientes de las mismas.

Sergio Siciliano, Subsecretario; María Florencia Castro, Subsecretaria; Diego Taurizano, Subsecretario; Ignacio Manuel Sanguinetti, Subsecretario; Gabriel Sanchez Zinny, Director General.(Publicado en Boletín Oficial del 1 de Febrero).