El descargo de uno de los aprehendidos este viernes

27/03/2020 22:19:44 | 6236 LECTURAS | POLICIALES

Eugenio Janyistabro dio a conocer su solicitud a la justicia.

Solicita Urgente Autorización y restitución de vehículo.-

 

Señor Juez:

 

Carlos Raúl Janyistabro, en representación de ISACAR SA, constituyendo domicilio procesal en calle Portugal 590 de la ciudad de Bahía Blanca, con el patrocinio letrado del Dr. Eduardo Rubén González  abogado inscripto en el Tº 58, Fº 382 del CSJ, domicilio constituído electrónico en CUIT 20-22987995-3, [email protected], ante V/S nos presentamos y respetuosamente decimos:

 

  1. Exhordio.

Me presento en nombre y representación de la firma agro-ganadera ISACAR SA cuit 30-71068153-4, con domicilio legal en calle 9 de Julio 735 de la ciudad de Tornquist, conforme la copia del acta de Asamblea que adjunto.

 

  1. Los Hechos –

El día 26 de marzo del cte. año a las 10.30 horas mi hijo, miembro del Directorio, (conforme lo pruebo con el acta respectivo) y dependiente de la firma indicada, se encontró en el supermercado Cooperativa Obrera de la localidad de Tornquist adquiriendo alimentos y artículos de limpieza para el establecimiento agropecuario. Todo lo cual acredito con la copia del ticket respectivo.

De allí se dirigió en una camioneta marca Toyota Hilux, Pick Up, dominio PNK445, cuya titularidad corresponde a ISACAR SA (acompaño la documentación que da cuenta de ello), al domicilio legal de la sociedad.

Hago saber a VS que: 1- desde la Cooperativa al domicilio legal de la empresa, que coincide con la vivienda familiar de los suscriptos, hay una distancia de entre 50 y 70 metros y; 2 – que tenía en mi poder la Declaración Jurada que impone el decreto 297/2020, autorizada por la Sargenta Soledad Gartner.

En el instante que me encuentro en el domicilio de calle 9 de Julio 735 de Tornquist, cargando un escritorio, se apersona el sr. Claudio Heredia inspector de tránsito municipal con el oficial de policía.

Les informo que me encontraba cargando el escrito con motivo de que estamos trasladando la oficina al establecimiento agropecuario “La Serrana” ubicado en el cuartel 9 del partido de Saavedra, propiedad del suscripto, con motivo de evitar entrar y salir todos y cada uno de los días de Tornquist, en razón del Covid/19.

Ambos, inspector y funcionario de policía me solicitan la documentación de la declaración jurada que indica  el decreto 297/2020 y de vehículo.

Entrego la declaración jurada y en relación a la de la camioneta les exhibo la aplicación de celular “Mi Argentina”  con la documentación digitalizada (Resolución SSN 219/2018). Los funcionarios insisten en la documentación física, que no poseía.

Razón por la cual detienen  a Eugenio Janyistabro y secuestran la camioneta.

 

3 – Arbitrariedad e ilegalidad manifiesta - 

Que la única verdad por la que se detiene a Eugenio Janyistabro es que no poseía la documentación física de la documentación que hace a la titularidad de la camioneta.

En la dependencia de la policía se le hace un acta que se niega a firmar por NO INDICAR LA VERDAD, y se lo amenaza con detenerlo por resistencia a la autoridad.

Tampoco se le entrega copia, todo lo que NO SOLO demuestra la arbitrariedad sino que además constituye una flagrante VIOLACION AL DERECHO DE DEFENSA, bilateralidad y contradicción, habida cuenta que no sabe de que se lo acusa ni porque se lo detiene.

 

Sólo se le entrega una intimación de cumplimiento que le prohíbe salir de su domicilio y se le retiene el vehículo marca Toyota a disposición de éste Juzgado y Secretaría actuaria.

 

4  - Se lo traslada en un patrullero hacia el hospital municipal de Tornquist para hacerle un análisis de sangre y orina, con el riesgo que eso conlleva, ya que se pide por todos los medios que no se dirijan a los centros de salud a no ser de suma urgencia por la posibilidad de infección del virus Covid/19.

 

5 – Solicita intervención URGENTE Y ENTREGA DEL VEHÍCULO a los suscriptos. 

Ello así estamos ante una violación de la ley por parte de los funcionarios participantes.

Acreditamos que, en el asunto, se trata de una empresa agropecuaria familiar en donde se lleva adelante una gestión de padres e hijos.

La voluntad desplegada por Eugenio Janyistabro en todo momento resultó acorde a la ley siendo que él como persona física como el vehículo en el que se encontraba están exceptuados del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO: ya que está demostrado que:

- el titular del vehículo es una empresa agropecuaria,

- quién lo conduce está habilitado por la norma,

- está trasladando un escrito desde el domicilio legal de la firma al establecimiento rural,

- el domicilio donde está retirando y cargando el mueble en la camioneta coincide con el domicilio legal de la empresa, sito en calle 9 de Julio 735 de Tornquist.

 

Así, solicito la entrega URGENTE DE LA CAMIONETA, siendo la misma indispensable para llevar adelante la actividad agropecuaria en los distintos establecimientos agro-ganaderos de los cuales resulta titular la firma ISACAR SA, por encontrase ilegalmente retenida.

La privación del vehículo imposibilita a los susriptos  trabajar en los campos, quedando estos huérfanos de control.

 

Fundamentos por los cuales: como lo impone la norma jurídica, decreto 297/2020 (art.6 inc.13),  pido:

Se AUTORICE: a Eugenio Janyistabro a transitar en el éjido urbano de Tornquist – Saavedra y zonas aledañas de los establecimientos rurales,

Se oficie notificándose a la policía de Tornquist y Dirección de tránsito de esa ciudad y aquel todo organismo que VS considere, de la decisión.

Se ORDENE la urgente liberación de la camioneta, por encontrarse afectada a la actividad agropecuaria.

 

Proveer de conformidad, que

              Será Justicia.-

Eduardo Rubén González

                   Abogado To.58 Fo.382 CSJN